A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Miguel Efrain Polo Rosero
✓Claimant Contraloria Distrital De Medellin·Respondent Gonzalez Toro Consuelo De La Fe Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 014 Civil Municipal de Oralidad de Medellín y el Juzgado 016 Administrativo Oral de la misma ciudad por causa de una demanda ejecutiva hipotecaria instaurada por la Contraloría Distrital de Medellín, en contra de unos ciudadanos, con el propósito de que se libre mandamiento de pago por unos valores adeudados en virtud de un contrato de mutuo garantizado con hipoteca de primer grado, celebrado en el marco del programa de vivienda para los servidores públicos, jubilados y pensionados de la entidad.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que el proceso no se enmarca en alguno de los supuestos del artículo 104.6 del CPACA, razón por la cual el asunto no le corresponde asumirlo a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Por el contrario, con base en la cláusula residual de competencia, establecida en el artículo 15 del Código General del Proceso, la demanda debe ser conocida por la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil.
De esta manera, la Sala aplica la regla prevista en el auto 1089/22, reiterada en los autos 1514/22, 370/23 y 2350/23, según la cual la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil, es competente para conocer de procesos ejecutivos hipotecarios iniciados por una entidad pública contra un particular.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 014 Civil Municipal de Oralidad de Medellín y el Juzgado 016 Administrativo Oral de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 014 Civil Municipal de Oralidad de Medellín es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por la Contraloría Distrital de Medellín contra James de Jesús Jiménez Álvarez y Consuelo de la Fe González Toro.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6976 al Juzgado 014 Civil Municipal de Oralidad de Medellín para que continúe con el trámite del proceso y les comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 016 Administrativo Oral de la misma ciudad.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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